Desde el Ministerio de Educación informaron que la inscripción al Periodo Extraordinario B se llevará a cabo hasta el 15 de abril.El Ministerio de Educación del Chaco, a través de la Junta de Clasificación de Nivel Inicial, comunica a los docentes de dicho nivel de toda la provincia que la inscripción al Periodo Extraordinario B se llevará a cabo a partir del 15 de marzo y hasta el 15 de abril, a través de la Aplicación SIE -Tu Gobierno Digital, por Correo Postal Certificado y en la Junta de Clasificación, sita en Gobernador Bosch 99, Nave 1 de Resistencia, de 8 a 15.30.
Para mayor información, los interesados deberán dirigirse al citado organismo, o bien comunicarse al teléfono 3624-453033 o al correo electrónico meccyt.icninicial@chaco.gov.ar.
Documentación para inscribirse por primera vez:
Correo Postal Certificado
a) Fotocopia autenticada de DNI
b) Fotocopia autenticada de Partida de Nacimiento
c) Título Docente con Registro de la Dirección de Títulos y Equivalencias o Constancia del mismo con mención del promedio general y fecha de egreso (Inc. V de la Reglamentación del Art. 17°-Ley 647-E del Estatuto del Docente)
d) Constancia de Servicios Docentes prestados en otro Nivel del Sistema Educativo extendida por el Superior Jerárquico inmediato (si los tuviera)
e) Otros Títulos. Certificados y antecedentes valorables.
Plataforma Tu Gobierno Digital- Aplicación SIE
En formato PDF y en las Pestañas correspondientes:
a) DNI
b) Partida de Nacimiento
c) Título Docente, con Registro de la Dirección de Títulos y Equivalencias o Constancia del mismo con mención del promedio general y fecha de egreso. (Inc. V de la Reglamentación del Art. 17°-Ley 647-E- Estatuto del Docente)
d) Constancia de Servicios Docentes prestados en otro Nivel del Sistema Educativo extendida por el Superior Jerárquico inmediato (si los tuviera)
e) Otros Títulos. Certificados y antecedentes valorables.
Al ser consideradas las Solicitudes con carácter de Declaración Jurada, se aplica automáticamente el Régimen de Incompatibilidad establecido en la Ley 647-E-Estatuto Docente. Los Aspirantes Extranjeros deben cumplir con las condiciones exigidas en el Art. 17-Inciso a) de la Ley 647-E-Estatuto Docente. El no cumplimiento de los requisitos precedentes producirá la nulidad de la solicitud.